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Qué hay que hacer para salir de un registro de morosos (ID 62)

Cuando un ciudadano está en un registro de morosidad de forma indebida, el afectado puede ejercer su derecho ARCO en caso de ser incluido en un fichero de morosos. ARCO es el acrónimo como se conoce el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Por medio de un sencillo protocolo el afectado puede salir del registro de morosos.


Pierre Brachfield
Pierre Brachfield
El ejercicio de los derechos ARCO para salir del registro de morosidad
En cuanto al ejercicio de los derechos ARCO de acceso, rectificación, cancelación y oposición a la inclusión en un registro de morosidad el Reglamento de protección de datos establece que:

1. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se rige por lo dispuesto en los capítulos I a IV del título III del reglamento, sin perjuicio de lo señalado en el presente artículo.

2. Cuando el interesado ejercite su derecho de acceso en relación con la inclusión de sus datos en un fichero regulado por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
- Si la solicitud se dirigiera al titular del fichero común, éste deberá comunicar al afectado todos los datos relativos al mismo que obren en el fichero.
En este caso, el titular del fichero común deberá, además de dar cumplimiento a lo establecido en el presente reglamento, facilitar las evaluaciones y apreciaciones que sobre el afectado se hayan comunicado en los últimos seis meses y el nombre y dirección de los cesionarios.
- Si la solicitud se dirigiera a cualquier otra entidad participante en el sistema, deberá comunicar al afectado todos los datos relativos al mismo a los que ella pueda acceder, así como la identidad y dirección del titular del fichero común para que pueda completar el ejercicio de su derecho de acceso.

3. Cuando el interesado ejercite sus derechos de rectificación o cancelación en relación con la inclusión de sus datos en un fichero regulado por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

- Si la solicitud se dirige al titular del fichero común, éste tomará las medidas oportunas para trasladar dicha solicitud a la entidad que haya facilitado los datos, para que ésta la resuelva. En el caso de que el responsable del fichero común no haya recibido contestación por parte de la entidad en el plazo de siete días, procederá a la rectificación o cancelación cautelar de los mismos.
O sea para ejercer el derecho de cancelación a un registro de morosos hay que mandar un escrito al responsable del fichero de mora, indicando qué datos se quieren cancelar , si hay varias deudas, y sólo se han pagado algunas, habrá que decir cuáles son y aportando los documentos que lo justifiquen, siempre acompañando copia del DNI.
En caso de que se quieran cancelar los datos porque se ha incumplido la ley, principalmente porque no nos han comunicado que iban a inscribirnos en el fichero, habrá que manifestarlo en el escrito, debiendo el responsable del fichero acreditar que realizó la comunicación antes de incluirnos en el fichero de morosidad.
- Si la solicitud se dirige a quien haya facilitado los datos al fichero común procederá a la rectificación o cancelación de los mismos en sus ficheros y a notificarlo al titular del fichero común en el plazo de diez días, dando asimismo respuesta al interesado en los términos previstos en el artículo 33 de este reglamento.
Es decir una vez que se ha presentado el escrito, y siempre que los datos que figuren en el fichero sean inadecuados o excesivos, el responsable del fichero deberá resolver en un plazo de diez días, contestando de manera expresa. En el caso de que no tenga datos personales del interesado deberá contestar en el mismo plazo y si los hubiera cedido a otro fichero, deberá comunicarlo al nuevo responsable del fichero, quien deberá cancelar los datos en el plazo de diez días. En principio este simple procedimiento es suficiente para cancelar los datos.
- Si la solicitud se dirige a otra entidad participante en el sistema, que no hubiera facilitado al fichero común los datos, dicha entidad informará al afectado sobre este hecho en el plazo máximo de diez días, proporcionándole, además, la identidad y dirección del titular del fichero común para, que en su caso, puedan ejercitar sus derechos ante el mismo.

En caso que al afectado no le saquen del registro de morosos

No obstante puede ocurrir que el responsable del registro de morosidad deniegue la cancelación porque los datos deban ser conservados porque así lo exija la ley o porque una ley prevea la denegación.

Para estos casos, cuando el responsable del registro de morosos no responda o cuando se deniegue la cancelación, el interesado podrá reclamar ante la AEPD Agencia Española de Protección de Datos para que tutele sus derechos, quien impondrá, en su caso, las sanciones correspondientes a los responsables del fichero que en teoría pueden llegar a los 600.000 euros.

En el año 2010 la AEPD impuso sanciones por la inclusión irregular en registros de morosidad por valor de 9,2 millones de euros y algunas sanciones fueron de hasta 400.000 euros.

Además el Tribunal Supremo ha reconocido a través de su doctrina jurisprudencial el daño moral indemnizable que supone al perjudicado figurar en un fichero de moroso de forma ilícita y los afectados tienen derecho a reclamar una indemnización.

La Agencia Española de Protección de Datos

La Agencia Española de Protección de Datos AEPD es el Ente Público encargado de velar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos personales.

Consecuentemente la AEPD es un Ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. Actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones. Su actividad inspectora como las sanciones que impone no dependen del refrendo de ninguna institución.

Sus inspectores y su director tienen libertad de actuación dentro del marco de la LOPD y demás legislación concerniente a la protección de datos personales.

La finalidad principal de la AEPD es velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos personales y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, oposición, rectificación y cancelación de datos. Para el cumplimiento de esta misión la Agencia está realizando campañas de divulgación e información a los ciudadanos para que puedan proceder así a la mejor defensa de sus derechos

Brachfield  Pierre
 

LinkedIn: Pere Brachfield
Groupe LinkedIn: Estudios de Morosología y lucha contra morosidad e impagados
Téléphone:  +34.93.296.96.61
 
 

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Vendredi 21 Février 2014




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